Ya está abierta la postulación al llamado especial del Subsidio de Arriendo, desde el martes 16 de marzo de 2021.
Para que puedas iniciar tu proceso de postulación, necesitas ingresar a nuestro sistema y completar el formulario con la información requerida. Una vez enviada tu postulación, nuestro equipo se contactará contigo a la brevedad.
REQUISITOS DE POSTULACIÓN
Para más información haga clic en el título de la lista de requisitos
Puede contar o no con Registro Social de Hogares (RSH).Acreditar cesantía o baja de al menos el 30% en los montos de ingresos mediante alguno de los siguientes documentos
Finiquito de contrato de trabajo.
Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Tres (3) liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios, o bien el anexo de modificación del contrato de trabajo, que acredite la baja de al menos el 30% en los montos de ingresos.
Informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios, que acredite la baja de al menos el 30% en los montos de ingresos.
Cualquier otro documento en el que conste de manera cierta y fehaciente la modificación de las condiciones laborales que impactan en el monto de los ingresos.
Presentar contrato de arriendo actual
Estar firmado ante Notario Público, en caso de no contar con esta certificación podrá estar firmado por el arrendatario y el arrendador, y adjuntar una declaración jurada simple de ambos, dando fé de la veracidad de lo consignado en el contrato.
Tener fecha hasta el 15 de marzo de 2021.
Establecer la renta de arrendamiento por un monto de hasta $600.000.- mensuales.
Estén individualizados el arrendatario y el arrendador (nombre y cédula de identidad).
El arrendatario puede ser el postulante o un integrante de su núcleo familiar declarado.
Declaración jurada simple (no es ante notario) firmada por el arrendador
El modelo de la declaración jurada es aportado por el Minvu. En esta, el arrendador manifiesta:
Que es dueño de la vivienda
Que esta cuenta con Recepción Municipal
Que no se encuentra sujeta a embargo
Se compromete a participar en el marco de este Llamado
Te recordamos que el SERVIU podrá solicitar antecedentes adicionales que permitan verificar la veracidad de las declaraciones.
En caso de comprobarse por parte del SERVIU falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las penas del Artículo 210 del Código Penal.